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RESOLUCIÓN DE LITIGIOS
En caso de litigio de consumo, el consumidor podrá recurrir a la Plataforma Europea de Resolución de Litigios en Línea o a las siguientes entidades de resolución alternativa de litigios de consumo:
CNIACC – Centro Nacional de Información y Arbitraje de Conflictos de Consumo
| Teléfono: +351 213 847 484 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: cniacc@fd.unl.pt |
CIMAAL – Centro de Información, Mediación y Arbitraje de Conflictos de Consumo del Algarve
| Teléfono: +351 289 823 135 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: info@consumoalgarve.pt |
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo del Distrito de Coimbra
| Teléfono: +351 239 821 690 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: geral@centrodearbitragemdecoimbra.com |
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de Lisboa
| Teléfono: +351 218 807 030 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: juridico@centroarbitragemlisboa.pt |
Centro de Información de Consumo y Arbitraje de Oporto
| Teléfono: +351 225 508 349 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: cicap@mail.telepac.pt |
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo del Vale do Ave
| Teléfono: +351 253 422 410 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: triave@gmail.com |
Centro de Información, Mediación y Arbitraje de Consumo
| Teléfono: +351 253 617 604 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: geral@ciab.pt |
Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de la Región Autónoma de Madeira
| Teléfono: +351 291 215 070 (Llamada a la red fija nacional) |
| Correo electrónico: centroarbitragem.srias@madeira.gov.pt |
Para más información, consulte el Portal del Consumidor.
Información precontractual prevista en el artículo 4.º, n.º 1, letra j), del Decreto-Ley n.º 24/2014, de 14 de febrero.
Derecho de desistimiento del contrato
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del diploma citado, "El consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin incurrir en coste alguno, salvo los establecidos en el n.º 3 del artículo 12 y en el artículo 13 cuando proceda, y sin necesidad de indicar el motivo, en el plazo de 14 días a contar: b) Desde el día en que el consumidor o un tercero, con excepción del transportista, indicado por el consumidor, adquiera la posesión material de los bienes, en el caso de los contratos de compraventa; o, i) Desde el día en que el consumidor o un tercero, con excepción del transportista, indicado por el consumidor, adquiera la posesión material del último bien, en el caso de varios bienes encargados por el consumidor en un único pedido y entregados por separado; ii) Desde el día en que el consumidor o un tercero, con excepción del transportista, indicado por el consumidor, adquiera la posesión material del último lote o elemento, en el caso de la entrega de un bien que consista en diversos lotes o elementos; iii) Desde el día en que el consumidor o un tercero, por él indicado, que no sea el transportista, adquiera la posesión material del primer bien, en el caso de los contratos de entrega periódica de bienes durante un determinado período".
Obligaciones del proveedor de bienes derivadas del libre desistimiento:
Art.º 12, n.º 3 – "El proveedor del bien no está obligado a reembolsar los costes adicionales de entrega cuando el consumidor solicite, expresamente, una modalidad de entrega diferente y más onerosa que la modalidad comúnmente aceptada y menos onerosa propuesta por el proveedor del bien".
Obligaciones del consumidor derivadas del libre desistimiento:
Art.º 13 – 2 – Corresponde al consumidor asumir el coste de la devolución del bien, excepto en los siguientes casos: a) Cuando el proveedor acuerde asumir dicho coste; o b) Cuando el consumidor no haya sido previamente informado por el proveedor del bien de que tiene el deber de pagar los costes de la devolución".